
Hacer la declaración de la renta por internet se ha convertido en la forma más habitual de cumplir con Hacienda, pero eso no significa que sea intuitivo ni rápido la primera vez que entras en Renta WEB. Entre certificados, Cl@ve, números de referencia, borradores, avisos y diferentes formas de pago, es normal que te entren dudas y que, si no vas con calma, se te escape algún dato importante.
En esta guía vas a encontrar un recorrido completo, paso a paso, por todo el proceso: desde cómo identificarte en la sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta qué hacer si te equivocas o necesitas presentar la renta de años anteriores. Además, repasaremos quién está obligado a declarar, qué documentación te conviene tener a mano y qué opciones tienes si prefieres hacerla por teléfono, en una oficina o incluso con ayuda de plataformas especializadas.
Quién tiene que hacer la declaración de la renta
Antes de meterte en Renta WEB, lo primero es tener claro si realmente estás obligado a presentar la declaración. No todo el mundo tiene que hacerlo. La obligación depende de tus ingresos, del número de pagadores y de tu situación personal.
Como norma general, debes presentar la renta si se da alguna de estas circunstancias con tus rendimientos del trabajo:
- Más de 22.000 euros brutos anuales cuando solo has tenido un pagador.
- Más de 15.876 euros brutos anuales si has tenido dos o más pagadores y del segundo y siguientes has cobrado en total más de 2.500 euros.
Hay matices importantes, por ejemplo en el caso de prestaciones por desempleo. Si has cobrado el paro, en general no estás obligado a presentar la declaración únicamente por ese motivo, salvo que se den ciertos supuestos como haber alternado periodos de trabajo y paro, o haber tenido varios pagadores incluido el SEPE, alcanzando los límites comentados.
Que no estés obligado no significa que no puedas presentarla. Muchas veces, aunque no tengas obligación, te conviene hacer la renta porque puede salir a devolver gracias a retenciones elevadas o a deducciones a tu favor.
Además de los rendimientos del trabajo, hay otras situaciones (alquileres, ganancias patrimoniales, inversiones, etc.) que pueden obligarte a declarar; por eso es recomendable que, antes de nada, revises tus datos fiscales en la web de la Agencia Tributaria para ver qué información tienen de ti.

Formas de identificarte para hacer la renta online
Para entrar en Renta WEB necesitas identificarte electrónicamente de forma segura. Hacienda permite varios sistemas, cada uno con sus ventajas. La elección no afecta al contenido de tu declaración, solo a cómo accedes.
En la campaña actual puedes usar certificado electrónico o DNIe, el sistema Cl@ve (Cl@ve Móvil / Cl@ve PIN / Cl@ve permanente), el número de referencia de renta, o incluso el sistema de identificación de ciudadano UE (eIDAS) para personas de otros países de la Unión Europea que quieran acceder con sus credenciales nacionales.
Además, si no te apañas con internet, dispones del servicio telefónico «Le Llamamos», especialmente útil para personas mayores, y de la atención presencial con cita previa en oficinas de la AEAT, aunque en esta guía nos centramos en el trámite por internet y te contaremos esas otras vías como alternativa.
Acceso con certificado electrónico o DNIe
Si ya dispones de certificado digital o DNI electrónico, esta suele ser la forma más cómoda y rápida de entrar en tu expediente de renta, porque evita claves temporales y referencias. Es la opción preferida para quienes hacen varios trámites online con frecuencia.
Para usarlo, entra en el portal de Renta dentro de la web de la Agencia Tributaria y accede a «Renta 2025». En el bloque de «Gestiones destacadas», selecciona el enlace «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)».
En la pantalla de acceso, elige «Certificado o DNI electrónico». El navegador te pedirá que selecciones el certificado que quieres usar; una vez lo hagas, se validará la identidad y pasarás a la siguiente pantalla donde debes elegir si actúas en tu propio nombre o como representante de otra persona.
Tras esta elección entrarás a tu expediente de renta. Desde ahí, en el apartado «Servicios disponibles», selecciona la opción «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)» para pasar al programa Renta WEB propiamente dicho.
Si ya accediste en otro momento a Renta WEB, aparecerá una ventana emergente avisando de que existe una declaración guardada previamente. Puedes optar por «Continuar sesión» (recuperas lo que tenías) o por «Nueva declaración» para empezar desde cero incorporando de nuevo tus datos fiscales. También se te permitirá escoger el idioma en el que deseas hacer la declaración.
En caso de que ya hubieras presentado tu renta, el sistema detectará la existencia de una declaración presentada para ese ejercicio y te ofrecerá el botón «Modificar declaración presentada» para iniciar una rectificación si procede.
Acceso con Cl@ve Móvil (APP o SMS)
Otra opción muy extendida es Cl@ve Móvil, que permite acceder con la app oficial Cl@ve o con un PIN enviado por SMS. Es especialmente útil si no quieres instalar certificados en el ordenador o si trabajas desde varios dispositivos.
Dentro de «Renta 2025», entra también en «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)» y, en la pantalla de acceso, pulsa «Cl@ve Móvil». Se abrirá la ventana de autenticación con un código de verificación, un contador de tiempo y un código QR.
Tienes tres formas de identificarte con Cl@ve:
- Escanear el código QR con la APP Cl@ve: en la app selecciona «Escanear código QR» y enfoca el QR mostrado en el navegador. Comprueba que el código de verificación y el organismo coinciden con lo que ves en pantalla y pulsa «Confirmar» en la app. Verás el mensaje «Autenticación realizada» y en el navegador entrarás ya autenticado.
- Continuar sin leer el QR: si no quieres usar el escáner, pulsa en la opción de seguir sin lectura del código QR. Indica tu DNI o NIE y el dato de contraste correspondiente (fecha de validez, fecha de expedición si el DNI es permanente o número de soporte en el caso del NIE). Después, abre la app y confirma la solicitud de autenticación que te aparecerá, con doble verificación por seguridad.
- Acceder con PIN por SMS: si no tienes la app activada, espera a que se active el botón «Acceder con un PIN por SMS». Recibirás un código de 6 cifras que deberás introducir en el campo «PIN de acceso» para completar la autenticación.
Una vez validado con Cl@ve, al igual que con el certificado, debes indicar si actúas por ti mismo o como representante. Después podrás acceder a «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta Directa y Renta WEB)» dentro de «Servicios disponibles».
Si ya habías entrado antes, podrás escoger «Continuar sesión» o «Nueva declaración», incluyendo de nuevo tus datos fiscales. Y, si la declaración ya se presentó, aparecerá de nuevo la opción «Modificar declaración presentada» para rectificarla, siguiendo el mismo esquema que con certificado.
Acceso con número de referencia de Renta
El número de referencia es otro sistema de acceso muy usado. Es un código de 6 caracteres que te permite gestionar casi todos los servicios de la campaña: consultar datos fiscales, ver el borrador y tramitar la declaración de forma completa.
Para conseguirlo, la Agencia Tributaria suele pedir el importe de la casilla 505 de la declaración del ejercicio anterior. Sin embargo, también puedes obtenerlo si entras con certificado, DNIe o Cl@ve, y después generas la referencia desde el propio portal.
Si es tu primera vez haciendo la renta y no dispones de casilla 505, el proceso es un poco distinto. Deberás acceder a «Servicio de procesamiento de declaración / borrador (Renta WEB)» y, dentro de la opción «Con número de referencia», indicar tu DNI o NIE y seleccionar «No tengo ninguna referencia».
En la pantalla siguiente tendrás que repetir tu identificación, marcar la opción «No declarante» e introducir los últimos 5 dígitos de una cuenta bancaria de la que seas titular. Con estos datos, el sistema generará un número de referencia asociado a tu NIF que podrás usar para entrar al borrador a través de «Borrador / Declaración (Renta WEB)».
La referencia sirve tanto para acceder al borrador como para hacer posteriores gestiones durante toda la campaña, así que conviene guardarla en un sitio seguro o volver a generarla si la pierdes.
Otras vías de identificación: Ciudadano UE (eIDAS) y teléfono
Además de los métodos anteriores, existe la posibilidad de usar credenciales de otro país de la Unión Europea mediante el sistema eIDAS. Gracias a este mecanismo, un ciudadano de la UE puede autenticarse ante la AEAT usando su sistema nacional de identificación electrónico reconocido, sin necesidad de obtener certificados españoles.
La meta de eIDAS es facilitar el acceso a servicios públicos de otros Estados miembros con garantías de seguridad y sin duplicar trámites de identificación. Si resides fuera de España pero debes presentar IRPF aquí, esta opción puede sacarte de más de un apuro.
Por otra parte, si no quieres hacer la declaración por tu cuenta, tienes la alternativa del servicio telefónico «Le Llamamos». Tendrás que pedir cita a partir de la fecha que habilite la AEAT (habitualmente a inicios de mayo) desde la web, desde la app de la Agencia Tributaria o llamando a los teléfonos oficiales indicados (entre ellos 901223344 o 915530071).
El día y la hora asignados, un técnico de Hacienda se pondrá en contacto telefónico contigo para confeccionar la declaración. Es vital que tengas toda tu documentación y datos fiscales a mano en ese momento, porque te los irán pidiendo durante la llamada.
Acceso inicial a Renta WEB y elección de sesión
Una vez superado el paso de la identificación (por el método que sea), entras a tu expediente de Renta y desde ahí al programa Renta WEB. El primer pantallazo clave es el que te pregunta qué quieres hacer con tu declaración.
Si el sistema detecta que ya entraste anteriormente en la campaña, mostrará una ventana emergente informando de la existencia de una declaración guardada. En ese momento puedes decidir entre:
- «Continuar sesión», para seguir justo donde lo dejaste.
- «Nueva declaración», para comenzar un expediente nuevo incorporando otra vez los datos fiscales.
En esta misma fase se te permite elegir el idioma en el que vas a trabajar, lo que viene bien si prefieres hacer el trámite en una lengua cooficial. Si ya habías presentado esta renta, aparecerá el aviso correspondiente y el botón para rectificar la declaración presentada si necesitas hacer cambios que tengan efectos fiscales.
En caso de pulsar «Continuar sesión», accederás directamente al «Resumen de declaraciones», desde donde puedes seguir completando apartados, revisar resultados o ir directamente a presentar la declaración en la modalidad que te convenga.
Datos identificativos y configuración de unidad familiar
Si eliges «Nueva declaración», Renta WEB mostrará primero la ventana de «Datos identificativos» del declarante y, si procede, del resto de miembros de la unidad familiar. Aquí es donde debes revisar con lupa tu situación personal.
En la parte superior verás una casilla opcional que indica algo similar a «si desea que el programa solamente calcule la declaración individual del declarante, marque aquí». Si la marcas, Renta WEB no calculará simulaciones de declaración conjunta con cónyuge o hijos; solo trabajará tu declaración individual.
Si no marcas esa casilla y formas parte de una unidad familiar con cónyuge y/o hijos, el programa intentará calcular tanto la modalidad individual como la conjunta. Para ello, necesitará la autorización para trasladar los datos fiscales de tu cónyuge e hijos que hayan obtenido rentas.
Esta autorización se puede dar mediante referencia de Renta o Cl@ve. En el recuadro de «Autorización del cónyuge» tienes el botón «Referencia/Cl@ve». Al pulsarlo, se abre una ventana emergente donde deberás introducir el DNI o NIE del cónyuge, más el dato de contraste y, en su caso, confirmar en la app Cl@ve o introducir el PIN enviado por SMS.
Cuando los datos son correctos y se confirma la autenticación, el estado de esa autorización cambiará a «Autorizado» y el sistema incorporará automáticamente los datos fiscales del cónyuge o hijos a la declaración para poder simular tanto la tributación conjunta como las individuales.
También existe la figura del apoderamiento (código 100P), que permite que un contribuyente autorice a otro (por ejemplo, uno de los cónyuges) para actuar en su nombre ante la AEAT. Si hay apoderamiento vigente, no será necesario introducir en esa pantalla la referencia o Cl@ve del cónyuge o hijos: bastará con pulsar «Aceptar» y Renta WEB arrastrará igualmente sus datos fiscales.
Ten presente que, desde esta ventana, puedes modificar o añadir información sobre los integrantes de la unidad familiar. Mediante el icono del lápiz o haciendo doble clic en las casillas podrás cambiar datos como domicilio, estado civil o añadir/quitar miembros de la unidad familiar (para eliminar hay un icono de aspa o de borrar).

Traslado de datos fiscales e información adicional
Una vez confirmados los datos identificativos, Renta WEB intentará incorporar tus datos fiscales a la declaración. Según el tipo de información que tenga Hacienda, puede aparecer una pantalla intermedia pidiéndote datos adicionales para completar el traslado.
En esta pantalla verás diferentes conceptos con una columna «Incorporar». Para cada fila puedes marcar la casilla «Sí» si quieres que esa información pase automáticamente a la declaración. A continuación, el sistema te hará una serie de preguntas o pedirá que completes importes que no figuran cerrados en los datos fiscales.
Cuando terminas de completar esta información, puedes pasar al cuadro de resultados o al resumen de declaraciones, desde donde seguirás revisando o presentando. Si no es necesario pedirte nada extra, el programa irá directamente al resumen.
En los casos en los que exista algún dato no incorporado a la declaración (por ejemplo, porque requiere un análisis más detallado o porque afecta a alguien no obligado a declarar), aparecerá una ventana informativa por contribuyente, explicando qué datos no se han volcado. Tú tendrás que encargarte de trasladarlos al apartado correspondiente si son relevantes.
Siempre puedes consultar el detalle de los datos fiscales a través del botón «Ver datos fiscales» situado en la parte superior del programa. Ahí verás cada apunté con su descripción y, si falta algo en el borrador, podrás ir al apartado correspondiente de la declaración para incorporarlo a mano.
Resumen de declaraciones y navegación por Renta WEB
La pantalla de «Resumen de declaraciones» es una de las más importantes de todo el proceso. Muestra el resultado para cada modalidad de declaración que se haya podido calcular: individual del declarante, individual del cónyuge, conjunta y, en su caso, declaraciones de hijos.
En este resumen suele aparecer una nota indicativa de cuál es la opción más favorable para ti, comparando los resultados de las distintas modalidades. No obstante, tú decides cuál presentas: a veces puede interesarte una modalidad concreta por razones ajenas al mero resultado económico.
Desde cada modalidad puedes descargar un PDF con la vista previa de la declaración (no apta para presentar), útil para revisarla con calma. Para ver PDFs en tu dispositivo necesitas tener instalado un visor de documentos PDF, ya sea en el ordenador o en el móvil.
En la parte superior de la pantalla encontrarás un menú desde el que puedes:
- Acceder a «Apartados declaración» para ir casilla por casilla completando o revisando todos los bloques (rendimientos del trabajo, bienes inmuebles, deducciones, etc.).
- Consultar los datos fiscales trasladados a cada declarante.
- Usar la opción «Mostrar opciones» para habilitar botones adicionales como «Guardar declaración» en el servidor de la AEAT o «Buscar casilla» específica dentro del formulario.
- Abrir el botón «Notas» para escribir recordatorios o comentarios que te ayuden a no olvidar ajustes pendientes.
Desde este resumen también tienes visibles las opciones de «Presentar declaración» en cada modalidad. Antes de darle al botón, resulta muy recomendable recorrer los apartados principales para asegurarte de que no falta ningún ingreso ni deducción relevante.
Validación de errores y avisos antes de presentar
Antes de firmar y enviar, Renta WEB te ofrece el botón «Validar», que revisa automáticamente la declaración en busca de errores de cumplimentación o incoherencias básicas. Este paso es crucial para evitar sustos posteriores.
Los avisos que puedan aparecer al validar no impiden presentar la renta; son recomendaciones para que revises determinados apartados (por ejemplo, si falta un dato opcional o si hay algo inusual). En cambio, los errores sí bloquean la presentación hasta que los corrijas.
Al pulsar «Validar», si el sistema encuentra avisos o errores, verás un listado donde cada línea incluye un botón del tipo «Ir al Aviso» o «Ir al Error». Desde ahí saltarás directamente a la casilla o sección afectada para corregir o comprobar la información.
Si al validar aparece una «Advertencia», además de revisarla, tendrás que marcar la casilla de verificación «Leído/Ocultar». Esa marca es la prueba de que has visto la advertencia antes de presentar. Si no la señalas, Renta WEB no te dejará continuar y mostrará un mensaje del tipo «Revise las advertencias antes de presentar la declaración».
Cuando ya no existan errores bloqueantes y hayas asumido los avisos y advertencias, la declaración quedará lista para ser presentada. Ahora solo te falta definir la modalidad (individual, conjunta, declarante, cónyuge, hijos) en la que vayas a firmar y la forma de pago o devolución.

Formas de pago si la declaración sale a ingresar
Si el resultado de tu declaración es a ingresar, Renta WEB te pedirá que indiques primero si deseas fraccionar el pago en dos plazos (habitual) o pagarlo todo de una vez. El fraccionamiento suele ser 60 % al presentar y 40 % en una fecha posterior, sin intereses, salvo cambios normativos puntuales.
Después podrás escoger entre varias modalidades de pago:
- Domiciliación bancaria del importe a ingresar: podrás presentar tu declaración domiciliando el cobro en una cuenta IBAN (en España o dentro del área UE/SEPA) siempre que la presentación se haga dentro del plazo que marque la AEAT (por ejemplo, del 8 de abril al 25 de junio). Indicas el IBAN y Hacienda cargará el importe en las fechas previstas.
- Pago electrónico: aquí se abren tres subopciones:
- Pago con cargo en cuenta a través de la pasarela de pago de la AEAT, que genera un NRC (Número de Referencia Completo) en el momento. Una vez realizado el cargo, el NRC se trasladará automáticamente a Renta WEB para completar la presentación.
- Pago con tarjeta o Bizum, conectando con la plataforma de pago online: introduces los datos de la tarjeta o el número de teléfono asociado a Bizum y confirmas en la app bancaria.
- Recuperar un pago previo (NRC): si ya hiciste el ingreso en tu banco (en oficina o banca online) y obtuviste el NRC, solo tienes que introducirlo en la casilla «Número de referencia NRC» para vincular ese pago a tu declaración.
- «A ingresar» con documento para Banco/Caja: el sistema genera un documento de ingreso (habitualmente con un modelo 002) para que lo lleves al banco y realices el pago allí. La declaración queda presentada pero pendiente de que efectúes el ingreso en tu entidad.
- Otras modalidades de pago, como el reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago, solicitudes de aplazamiento o el pago mediante transferencia a cuentas de entidades no colaboradoras, cuando la normativa lo permite.
Opciones cuando la declaración sale a devolver
En el caso de que tu renta resulte a devolver, tendrás que elegir qué hacer con esa devolución. Lo más habitual es solicitarla mediante transferencia bancaria a una cuenta de la que seas titular, pero hay otras posibilidades.
Puedes solicitar que la devolución se haga en un IBAN de una cuenta en España o en una entidad UE/SEPA. Renta WEB mostrará por defecto la cuenta que usaste en el ejercicio anterior, aunque puedes cambiarla en este momento. Es importante revisar que el IBAN sea correcto para no retrasar el cobro.
Existe también la opción de pedir la devolución a través de una cuenta en una entidad financiera de un país fuera del área UE/SEPA. En este caso, deberás rellenar todos los campos obligatorios (número de cuenta, banco, ciudad, dirección y país), mientras que el código SWIFT-BIC puede ser opcional según la configuración. El país indicado no puede ser uno perteneciente a la UE/SEPA.
Si lo prefieres, puedes renunciar a la devolución a favor del Tesoro Público. Es menos frecuente, pero está ahí como posibilidad cuando no deseas que el importe se ingrese en tu cuenta.
Firma, envío y justificante de la declaración
Una vez elegida la forma de pago o devolución, al pulsar «Aceptar» llegarás a la pantalla de firma y envío. Si se trata de una declaración conjunta, el sistema podrá pedirte también la clave de referencia o Cl@ve del cónyuge o de los hijos que formen parte de la declaración, salvo que exista apoderamiento válido o esa validación ya se haya hecho en la sesión.
Si en este punto hay avisos pendientes, Renta WEB te los mostrará antes de continuar, con la opción de retroceder para revisarlos o de seguir adelante si son meras recomendaciones. Para seguir, marca la casilla de «Conforme» y pulsa el botón «Firmar y Enviar».
Tras la presentación correcta verás un mensaje del tipo «Su presentación ha sido realizada con éxito», junto con el Código Seguro de Verificación (CSV) y otros datos de registro como el número de justificante, fecha y hora, y datos del presentador.
Junto a ese mensaje se genera un PDF de la declaración presentada, que incluye en la primera página la información de la presentación (CSV, número de entrada, etc.) y, en las siguientes, el detalle completo de la declaración. Conviene descargarlo y guardarlo; también puedes imprimirlo desde el propio navegador, usando el icono de la impresora o la opción «Imprimir» del menú contextual.
Cuando la declaración conlleva reconocimiento de deuda (por ejemplo, si has optado por aplazamiento o compensación), en la hoja de respuesta de presentación aparecerá un enlace «Tramitar deuda». Desde ahí podrás ver el detalle de la liquidación con los datos del deudor y escoger entre aplazar, compensar o pagar.
Documentación y datos necesarios para hacer la renta online
Para que el proceso en Renta WEB sea ágil, conviene tener preparada con antelación toda la documentación relevante. Muchos datos ya figuran en los registros de Hacienda, pero otros tendrás que completarlos tú.
En general, te interesa tener a mano:
- Identificación y sistemas de acceso: DNI/NIE, certificado digital, Cl@ve o casilla 505 del año anterior para obtener referencia.
- Datos fiscales descargados o consultados en la web de la AEAT.
- Nóminas y justificantes de ingresos del trabajo, pensiones, prestaciones o becas.
- Información de cuentas bancarias, depósitos, dividendos y otras rentas de capital mobiliario.
- Datos de alquileres (ingresos y gastos deducibles si eres arrendador, contratos de alquiler si eres inquilino con derecho a deducción).
- Recibos de hipoteca y escrituras si tienes derecho a deducción por vivienda habitual de adquisiciones anteriores a 2013.
- Certificados de planes de pensiones, donativos a ONG, cuotas a sindicatos o colegios profesionales, etc.
- Cualquier otra documentación relacionada con inversiones, ventas de inmuebles, acciones, criptomonedas o herencias, si es tu caso.
Cuanta más información tengas preparada, menos probabilidades habrá de que se te olvide algo al revisar el borrador, especialmente en materia de deducciones y reducciones, que es donde más se suele perder dinero por desconocimiento.
Cómo hacer la renta por teléfono o de forma presencial
Aunque el foco de esta guía está en el trámite online, es importante recordar que la Agencia Tributaria ofrece otras dos vías de presentación para quienes no se manejan bien con internet o prefieren ayuda directa.
Por un lado, está el Plan «Le Llamamos», que funciona por cita previa. Puedes pedir cita desde la web de la AEAT, la app «Agencia Tributaria» o los teléfonos habilitados, dentro de los plazos que se anuncian cada campaña. El día acordado, un técnico te llamará y juntos iréis completando la declaración por teléfono.
Eso sí, solo podrás usar este servicio si cumples ciertos requisitos: no superar un determinado nivel de ingresos del trabajo (por ejemplo, 65.000 euros), no tener más de 15.000 euros de rendimientos de capital mobiliario, no tener más de una vivienda alquilada, no haber vendido tu casa ni tener rendimientos de actividades económicas fuera del régimen de módulos, entre otros límites.
Por otro lado, puedes optar por la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria, también con cita previa. El periodo para pedir cita y el inicio de este servicio suelen ser algo posteriores al arranque de la campaña online. En la atención presencial, un técnico de Hacienda elaborará contigo la declaración en la propia oficina.
En ambos casos, es esencial acudir o estar disponible con toda la documentación necesaria y tus datos fiscales revisados, porque la responsabilidad final sobre la veracidad de la declaración siempre es del contribuyente, aunque la confeccione un tercero.
Hacer la renta por primera vez: pasos clave
Si es la primera vez que haces la declaración, es lógico que te genere respeto. El procedimiento es el mismo a grandes rasgos, pero hay un detalle inicial importante: no tienes casilla 505 del año anterior, así que el acceso con referencia se gestiona de otra manera.
Lo primero será obtener tu número de referencia desde la web o la app de la Agencia Tributaria. En el portal de «Renta 2025», busca el icono «Obtén tu número de referencia» y sigue las instrucciones. Como no declaraste el año pasado, deberás indicar que no hiciste la renta y aportar los últimos cinco dígitos de una cuenta bancaria en la que seas titular.
Con esa referencia en mano, entra a «Borrador/Declaración (Renta WEB)». El programa cargará tus datos fiscales iniciales: domicilio, estado civil, información de viviendas, ingresos que constan en Hacienda y cotizaciones a la Seguridad Social. Compáralos con tus nóminas y justificantes para asegurarte de que no falta nada ni hay importes erróneos.
El siguiente paso es repasar las deducciones estatales y autonómicas que podrían aplicarte: aportaciones a planes de pensiones, deducción por vivienda habitual (en adquisiciones antiguas), posibles deducciones por alquiler, donativos, inversión en empresas de nueva creación, gastos para mejorar la eficiencia energética, compra de vehículo eléctrico, etc.
También deberías revisar si en tu comunidad autónoma existen deducciones específicas por circunstancias familiares, alquiler, estudios, discapacidad, nacimiento de hijos y otras cuestiones. Estas deducciones autonómicas no siempre aparecen por defecto en el borrador y, si no las introduces, puedes estar dejando pasar un buen ahorro.
Una vez comprobados ingresos, gastos y deducciones, tendrás la estimación del resultado de tu primera renta. Si todo es correcto, solo quedará elegir la modalidad de pago o devolución, firmar y enviar, igual que en cualquier otra campaña.
Correcciones, rentas de años anteriores y plataformas de ayuda
Puede ocurrir que, después de presentar la declaración, te des cuenta de que has cometido un error. En función de a quién perjudique el fallo, tienes que actuar de una forma u otra desde la propia web de la AEAT.
- Si el error perjudica a Hacienda (por ejemplo, porque no declaraste un ingreso o te aplicaste una deducción indebida que reduce lo que deberías pagar), debes presentar una declaración complementaria del mismo ejercicio. En el formulario de Renta WEB, se marca la casilla correspondiente a complementaria para indicar que corrige una declaración anterior.
- Si el error te perjudica a ti (porque olvidaste una deducción o declaraste de más), deberás solicitar una rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos, explicando los motivos y aportando, si hace falta, documentación que respalde tu petición. El procedimiento también se inicia desde el apartado de «Renta 2025» en la sede electrónica.
Para rentas de años anteriores, el enfoque es similar: puedes presentar complementarias o solicitar rectificaciones de ejercicios pasados, siempre que no hayan prescrito. El plazo general de prescripción es de cuatro años, contados desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de la declaración original.
En definitiva, hacer la declaración de la renta por internet con Renta WEB te permite tener el control del proceso, revisar tus datos fiscales con calma y presentar tu IRPF sin desplazarte ni depender de horarios de oficina.
